Los Contadores Públicos sancionados con multa impuesta de conformidad con el artículo 24 de la Ley 43 de 1990, deberán efectuar la consignación de estos recursos en:
ENTIDAD FINANCIERA: BANCO DE LA REPUBLICA
NUMERO DE CUENTA: 61011110
DENOMINACION: DIRECCION DEL TESORO NACIONAL - Otras Tasas Multas y Contribuciones no Especificadas
CODIGO: 333 (Ministerio de Comercio Industria y Turismo)
Es importante aclarar que los cheques para abonar en cuentas de esta Dirección, deben ser girados a favor de la DIRECCION DEL TESORO NACIONAL, sin ninguna otra leyenda adicional.)
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